Hola:
Ante la siguiente situación:
¿Cómo se procede con la tramitación de una exención en el bachillerato?
Lo resolvemos con el siguiente apunte normativo:
La exención de materias en bachillerato es una medida excepcional para el alumnado con necesidades de apoyo que permite no cursar parte de la asignatura de Inglés o Educación Física. Se regula en los artículos 43 y 44 de la Orden de 30 de mayo de 2023. Supone la posibilidad de que un alumno o alumna no sea evaluado de ciertas asignaturas debido a sus necesidades educativas.
- Destinatarios/as: Alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
- Condición previa: solo se aplica si el "fraccionamiento del currículo" (Art. 45) no es suficiente para que el alumno o alumna alcance los objetivos de Bachillerato o no se ajusta a las necesidades que presente.
- Materias que se pueden eximir:
- Educación Física: puede ser una exención total o parcial.
- Primera Lengua Extranjera (Inglés, normalmente): Únicamente se permite una exención parcial.
- Límite legal: La exención no puede impedir que el alumno o alumna adquiera las competencias necesarias para obtener el título de Bachillerato.
- ¿Cómo se solicita y qué efectos tiene?
- Solicitud en el centro educativo, indicando qué materia y si es total o parcial.
- Informes obligatorios: se debe adjuntar el informe de Evaluación Psicopedagógica (y un informe médico si fuera necesario).
- Tramitación: el centro lo envía a la Delegación Territorial de Educación donde el servicio de Inspección de Educación hace su propio informe.
- Resolución: La Dirección General competente decide si se concede o no.
- Recurso: si la respuesta es negativa, se puede presentar un "recurso de alzada" en el plazo de un mes.
- Efectos en el Expediente:





